La morosidad es un problema creciente para muchas comunidades de propietarios, pues si los dueños de los diferentes inmuebles dejan de pagar las cuotas es probable que la comunidad no pueda hacer frente al pago de los diferentes servicios.
Muchas veces se desconoce cuáles son los gastos que tiene que asumir la comunidad, por ello en este artículo vamos a aclarar estos puntos.
Competencias reguladas en la Ley de Propiedad Horizontal
La Ley de Propiedad Horizontal, en concreto su artículo 10, establece que la comunidad de propietarios está obligada a efectuar todas las obras que sean necesarias para el adecuado mantenimiento del inmueble. A esto se suma que en los estatutos internos de cada comunidad se pueden incluir otros servicios que correrán de la cuenta de la comunidad, como por ejemplo los gastos de mantenimiento de zonas comunes.
Los gastos asumidos por la comunidad
Conociendo lo que establece la Ley de Propiedad Horizontal podemos decir que los servicios asumidos por una comunidad de propietarios se dividen en tres tipos:
– Gastos comunes. Son aquellos que se determinan en el estatuto interno y hacen referencia a los gastos necesarios para el adecuado mantenimiento de todos los servicios que presta la comunidad (piscina, jardines, vigilancia, portería o calefacción). Cada vecino asumirá una cuota en función de su porcentaje de propiedad.
– Obras de conservación. De acuerdo con la legislación, la comunidad de propietarios debe asumir todos los gastos correspondientes al mantenimiento del inmueble, así como las obras necesarias para mejorar la accesibilidad, la seguridad y la habitabilidad en las zonas comunes.
– Los fondos de reserva. Por último, cada comunidad de propietarios puede establecer un fondo de reserva que no supere el 5% de su presupuesto ordinario. Este dinero estará destinado al pago de gastos extraordinarios como los producidos por una inundación o un incendio.