¿Cuándo es obligatorio tener administrador de fincas?

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¿Cuándo es obligatorio tener administrador de fincas?

Contar con un administrador de fincas para comunidad de vecinos es un aspecto muy importante para mejorar la convivencia entre los propietarios. En gran cantidad de urbanizaciones, edificios o comunidades son los mismos propietarios o vecinos los que ejercen como administradores de la misma. Sin embargo, lo más acertado es contar con un administrador de fincas colegiado, pues puede ser de gran ayuda en determinadas ocasiones. Por ello, hoy en Fincas Juan Royo, te contamos cuando es obligatorio tener un administrador de fincas.

El administrador de fincas es la figura más cualificada para cumplir ciertas funciones de gestión en el inmueble, así como todos los asuntos relacionados con las comunidades de vecinos. Pero, ¿Es legal un edificio sin esta figura? Es una pregunta clave que se hacen muchas comunidades de vecinos. Hoy te hablamos de las funciones y las ventajas de contar con un administrador en tu comunidad.

Funciones del administrador de fincas

Como hemos comentado, la figura de este profesional se encarga de gestionar asuntos financieros, administrativos, legales y técnicos de los propietarios de un inmueble. El título necesario para ejercer este cargo puede obtenerse a través de títulos universitarios como económicas o derecho y tras haber aprobado un plan de estudio establecido por la Escuela Oficial de Administración de Fincas.

Los administradores de fincas se encargan de todas las gestiones relacionadas con el gobierno y la conservación de todos los bienes, además del asesoramiento de cuestiones relativas a los bienes inmuebles. Este profesional puede realizar actos de gestión y administración necesarios conforme a los que las normas y la ley dictaminen. En cuanto a su campo de actuación, esta compuesto por todo lo referente al sector inmobiliario, desde medios rústicos a urbanos, ya sean arrendamientos o compras y en todos los sectores: comercial, vivienda, empresarial… Es decir, en cualquier trabajo que implique o tenga relación con la administración de algún bien inmueble.

¿Es obligatorio contar con uno en tu comunidad?

Si es cierto que la Ley de Propiedad Horizontal, la cual recoge las normas, los derechos y deberes de una comunidad de vecinos, no decreta ninguna obligatoriedad para contar con un administrador de fincas en tu propiedad. Ya que, según dicha normativa, cualquier propietario puede desempeñar estas funciones, y normalmente recae sobre el presidente de la comunidad.

Sin embargo, el administrador de fincas se encarga de actuar como gerente de la comunidad, encargándose de supervisar y controlar a los proveedores, al personal contratado dentro del recinto, como conserje o limpiadores, o solucionar averías. Además, dentro de sus labores, también se incluyen negociaciones con entidades como Hacienda, bancos o administraciones públicas para llegar a un acuerdo de mejora económica y de servicios.

Por lo tanto, y como conclusión, siempre recomendamos que cuentes con una persona titulada para ejercer de administrador de fincas, pues ella sabrá llevar acabo los distintos trámites gracias a sus estudios y experiencia. Podrás agilizar trámites ya que puede saber la mejor manera de hacerlos. Además, es posible que tenga acuerdos con entidades como abogados, técnicos o distintas personas con las que haya acordado un precio de contratación, mejorando el coste.

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