Uno de los problemas más habituales a los que nos tenemos que enfrentar cualquier propietario o inquilino de una vivienda es todo lo que tiene relación con la aparición de las humedades. Son muchos los motivos que pueden llevar a la aparición de filtraciones que pueden, en un futuro, desencadenar en problemas mayores. En el caso de las terrazas, son los factores atmosféricos la principal amenaza que encontramos cuando detectamos una amenaza o una filtración.
Sin embargo, cuando esto ocurre, ¿quién es el que paga los daños causados por esta filtración? Desde Fincas Juan Royo, como administrador de fincas en Tenerife, te contamos todo lo que tienes que saber en torno a las humedades en terrazas en la comunidad.
Terrazas en la comunidad: elemento común de uso privativo
El primer elemento que tenemos que tener en cuenta es la definición de la naturaleza de las terrazas. Éstas no son elementos privativos de las viviendas. Sino que son consideradas como elementos comunes de uso privativo. Por lo tanto, tienen la doble condición de elemento común: actúan como cubierta de la planta inferior y de uso privativo, puesto que su uso lo encontramos reservado a los dueños de la vivienda.
Dependiendo de la localización de la causa, encontramos diferentes responsables de los daños. Entre ellos, se encuentran los siguientes.
La naturaleza de la causa
- En el caso de que la filtración se origine a consecuencia de las deficiencias en el mantenimiento de la terraza, la reparación será a cargo del propietario que la utiliza de acuerdo al artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal.
- En el caso de que el origen de la filtración se deba a un efecto de impermeabilización, la reparación será a cargo de la comunidad de propietarios. Esta información se puede comprobar en el artículo 10.1 de la Ley de Propiedad Horizontal.