La mayoría de personas tienen como objetivo en la vida, independizarse en algún momento y tener un piso propio. Pero, cuando esto sucede hay unas serie de conceptos que como principiantes debes conocer al mudarte a una comunidad de vecinos:
Comunidad de Propietarios:
Las comunidades de propietarios son una entidad jurídica, formadas por el conjunto de propietarios de las viviendas o locales comerciales que comparten espacios comunes y que se rigen por las normas aplicables y por sus propio estatutos.
Elementos comunes:
Se pueden considerar como elementos comunes a todos aquellos espacios de una finca en la que el aprovechamiento es común para todos los propietarios.
Se trata de elementos esenciales para la seguridad, uso y disfrute de la Comunidad.
Ejemplo: Ascensor
Elementos privativos:
Los elementos privativos en la Propiedad Horizontal se puede definir como aquellos espacios delimitados como viviendas o trasteros, susceptibles de aprovechamiento independiente. Además de los elementos o instalaciones que están dentro de su espacio y sirven exclusivamente al propietario.
Ejemplo: Toldo
Junta de propietarios:
La junta de propietarios es la reunión de los propietarios. Donde se toman decisiones que afectan a la Comunidad de Propietarios de manera común.
Las funciones principales en la junta de propietarios son:
- Elegir a un presidente de la comunidad
- Aprobar el plan de cuentas y gastos anuales.
Pueden ser juntas ordinarias(una vez al año) o extraordinarias(todas las demás)
Administrador de Fincas:
Las comunidades de propietarios son cada vez más grandes y tienen muchos más servicio, ahí es donde entra en juego el Administrador de Fincas.
Se trata de un profesional encargado de todas las gestiones relacionadas a la comunidad.
Estatutos de la Comunidad:
Los estatutos de una comunidad de propietarios son el conjunto de reglas o normas que existen en la comunidad que regulan el uso o destino de los pisos, locales, instalaciones, administración o los seguros. Están recogidos en el artículo 5 de la Ley de Propiedad Horizontal, tienen carácter voluntario y se aprueban y modifican por unanimidad de los propietarios.
Gastos generales:
Los gastos generales son aquellos que no son imputables a uno o varios pisos de la comunidad, sino a todos.
Se pueden diferenciar dos tipos de gastos:
- Comunes: son los necesarios para el correcto funcionamiento, seguridad y conservación del edificio. Ejemplo: Limpieza
- Extraordinarios: se trata de aquellos que no se hacen de forma periódica y se aprueban en Junta de Propietarios. Ejemplo: instalar antena parabólica.
Derramas:
Este término seguro que ya lo conoces, aunque sea de escucharlo en la TV, las temidas derramas. Se trata de cuotas a pagar por parte de los propietarios de viviendas para hacer frente al pago de un gasto puntual e imprevisto que se sale del presupuesto ordinario de gastos.
Ejemplo: Reparar una bajante